5.º Las puertas de emergencia deberán explayarse hacia el foráneo y no deberán estar cerradas, de forma que cualquier persona que necesite utilizarlas en caso de aprieto pueda abrirlas dócil e inmediatamente. Estarán prohibidas las puertas específicamente de emergencia que sean correderas o giratorias. La responsabilidad recae tanto en los https://lukasmyvco.bloggactivo.com/34957077/la-última-guía-a-prevención-de-riesgos-laborales